Los vehículos clasificados en el Registro de Vehículos dentro de alguna de las siguientes categorías:
- Vehículo eléctrico de batería (BEV).
- Vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV).
- Vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.
* IMPRESCINDIBLE ENVIAR DOCUMENTACIÓN DEL VEHÍCULO